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Requisitos para abrir una farmacia

Abrir una farmacia es un paso emocionante para aquellos que desean emprender en el mundo de la salud y el bienestar. Sin embargo, para lograrlo, es necesario cumplir con una serie de requisitos que garanticen el correcto funcionamiento del negocio y la calidad de los servicios ofrecidos. En este artículo, te guiaremos a través de los principales requisitos que debes tener en cuenta al abrir una farmacia.

Requisitos para abrir una farmacia

Los requisitos para abrir una farmacia pueden ser diferentes según la Comunidad Autónoma. Sin embargo hay una serie de requisitos generales imprescindible. A continuación, los detallamos. ¡Vamos allá!.

-Poseer el título académico de Licenciado en Farmacia con el sello del Colegio.

-Adquirir la farmacia por medio de: Compraventa, Donación, Herencia, Concurso.

-Colegiación oficial en la Comunidad Autónoma donde se adquiere la farmacia.

-Disponibilidad jurídica del local, bien por compraventa, contrato de arrendamiento o cesión de uso en un local que cumple con las características exigidas para este tipo de negocios.

-Distintas declaraciones de cumplir con requisitos y compatibilidades para poseer una farmacia.

-Otros documentos como planos del local y memoria explicativa de su distribución o declaración de poseer todo el instrumental, productos químicos, drogas, estupefacientes y medicamentos de urgencia que ordena la Farmacopea Española IX edición y la Orden relativa a farmacias de 5 de mayo de 1965.

Requisitos para abrir una farmacia: ¿qué dice la Ley?

Cuando se habla de adquirir una farmacia mediante concurso de méritos, cada comunidad autónoma desarrollará sus propios reglamentos, en base a los requisitos fundamentales que establece la legislación estatal. En este sentido, las leyes de ordenación farmacéutica estatales y autonómicas establecen los requisitos poblacionales que se deben cumplir.

Según la Ley de Regulación de oficinas de farmacia (16/1997), la planificación de las farmacias se determinará considerando la densidad demográfica, las características geográficas y la dispersión de la población, con el objetivo de garantizar la accesibilidad, la calidad en el servicio y el suministro de medicamentos según las necesidades sanitarias de cada territorio.

En términos generales, en España se permite abrir una farmacia por cada 2.800 habitantes, aunque cada comunidad autónoma puede establecer un número mayor con un límite de 4.000 habitantes por farmacia, dependiendo de la concentración de población. En casos especiales, como en zonas rurales o con características geográficas particulares, se pueden establecer módulos de población inferiores a los indicados en la ley.

En cuanto a los locales de farmacia, tanto la normativa estatal como la autonómica establecen requisitos específicos en cuanto a las características del local y las distancias entre farmacias. Es fundamental cumplir con los requerimientos legales, como el acceso libre, directo y permanente a la vía pública.

Además, en términos de superficie, un local de farmacia debe contar con un mínimo de 75 metros cuadrados, considerando áreas como la atención al público, el almacenamiento de medicamentos, un laboratorio para la preparación y control de fórmulas magistrales, y un despacho o zona destinada a la atención individualizada al paciente.

Por otro lado, la ley establece que la distancia entre nuevas farmacias no puede ser inferior a 250 metros con respecto a las farmacias existentes, excepto en casos donde se trate de un Centro de Salud, donde la distancia mínima será de 150 metros. Esta medida busca garantizar la competencia y la libre elección del cliente para adquirir sus medicamentos.

Es importante destacar que, de acuerdo con la legislación vigente, el propietario de una farmacia debe ser un farmacéutico con el título de Licenciado en Farmacia. Un farmacéutico puede ser propietario de una o parte de una farmacia, pero no puede tener más de una.

¿Qué necesitamos para abrir una farmacia?

Dependiendo de cómo hayamos adquirido la farmacia, esto es: compra, transmisión familiar o concurso, los recursos económicos serán distintos.

Registro Sanitario

El primer paso para abrir una farmacia es obtener el registro sanitario correspondiente. Este documento es emitido por las autoridades de salud de cada país y garantiza que la farmacia cumple con todas las normativas y requisitos necesarios para operar de manera legal. Para obtener el registro sanitario, es importante cumplir con ciertos requisitos, como la adecuación de las instalaciones, contar con personal calificado y cumplir con las normas de almacenamiento de medicamentos.

Requisitos poblacionales

Según la Ley de Regulación de Oficinas de Farmacia (16/1997), la planificación de las farmacias se realizará considerando la densidad demográfica, las características geográficas y la dispersión de la población, con el objetivo de garantizar la accesibilidad, calidad en el servicio y suficiencia en el suministro de medicamentos de acuerdo a las necesidades sanitarias de cada territorio.

En términos generales, en España se permite una farmacia por cada 2.800 habitantes, aunque cada comunidad autónoma puede establecer un número mayor con un límite de 4.000 habitantes por farmacia, dependiendo de la concentración de población. Para zonas rurales o con características geográficas especiales, se pueden establecer módulos de población inferiores a los indicados en la Ley.

Locales de farmacia

Las leyes estatales y autonómicas establecen requisitos específicos para los locales de las farmacias, incluyendo características del local y distancias entre farmacias. Es fundamental cumplir con los requerimientos legales para los locales de una oficina de farmacia, que deben tener acceso directo y permanente a la vía pública.

En términos de superficie, se requiere un mínimo de 75 metros cuadrados que contemplen áreas como la atención al público, almacenamiento de medicamentos, laboratorio para preparación de fórmulas magistrales, y despacho del farmacéutico para la atención individualizada al paciente.

Distancia entre locales de farmacias y centros de salud

La ley establece que la distancia entre nuevas farmacias no puede ser inferior a 250 metros respecto a las ya existentes, siendo de 150 metros en caso de un Centro de Salud. Esta distancia garantiza que los clientes tengan la libertad de elegir la farmacia donde adquirir sus medicamentos, priorizando la accesibilidad desde su domicilio o lugar de trabajo, en lugar de la cercanía al centro de salud.

Titularidad farmacéutica

Es importante tener en cuenta que la legislación exige que el propietario de una farmacia sea un licenciado en Farmacia. Un farmacéutico puede ser el dueño total o parcial de una farmacia, pero nunca podrá tener participación en más de una.

Licencia municipal

Además del registro sanitario, es necesario obtener una licencia municipal que permita el funcionamiento de la farmacia en el lugar elegido. Esta licencia garantiza que el establecimiento cumple con las normativas locales y que no representa un riesgo para la salud pública. Para obtener la licencia municipal, es importante presentar la documentación requerida y cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades locales.

Seguro de Responsabilidad Civil

Además de los requisitos anteriores, es importante contar con un seguro de responsabilidad civil que proteja a la farmacia en caso de posibles reclamaciones por daños o perjuicios causados a terceros. Este seguro es fundamental para garantizar la seguridad del negocio y cubrir posibles imprevistos que puedan surgir en el día a día de la actividad farmacéutica.

En Interfarma Consultores estamos especializados en la compraventa de farmacias, por ello, si tiene dudas acerca de cómo adquirir una farmacia en tu comunidad, te asesoramos sin compromiso. Te acompañamos durante todo el proceso a la hora de adquirir una oficina de farmacia en venta.

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